La consolidación histórica de la Ley 9518 (Ley de incentivos y promoción para el transporte eléctrico)
En la tarde del jueves 14 de diciembre del año 2017, los diputados de la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobaron en segundo debate, el proyecto de Ley de incentivos y promoción para el transporte eléctrico.
El proyecto tuvo 37 votos a favor y sólo uno en contra, demostrando el interés de los diputados por esta iniciativa y su implementación a nivel nacional.
Aunque en principio los legisladores valoraron incluir los autos híbridos entre los beneficiarios, al final, acordaron no hacerlo, ya que el objetivo del proyecto era promover únicamente el transporte 100% limpio. Esto lo explicó en su momento Marcela Guerrero, diputada del PAC y principal impulsora de la iniciativa.
Sin embargo, con esto no quiso decir que se quedaran sin ventajas económicas, ya que desde 1997 una serie de decretos que se han venido actualizando, otorgan beneficios a los autos híbridos, sin importar si son enchufables o no. Esta medida estará vigente hasta diciembre del año 2022.
El jueves 25 de enero del año 2018, el presidente Luis Guillermo Solís, firmó la Ley de incentivos y promoción del transporte eléctrico, la cual establece la exoneración de impuestos y el pago parcial del impuesto a la propiedad (parte del marchamo), entre otros beneficios que se describirán más adelante. El beneficio de exoneración aplicará por 5 años en los impuestos de valor aduanero, ventas y el selectivo de consumo.
Con su publicación en el diario oficial La Gaceta, La Ley empezó a regir a partir del 06 de febrero del 2018, pero no fue hasta el 25 de mayo de ese mismo año que se publicó en La Gaceta el Reglamento de Incentivos para el Transporte Eléctrico, documento que era necesario para que las agencias colocaran el precio final a los vehículos eléctricos y así empezaran a venderlos en el país.
El 07 de noviembre de 2018, el gobierno de Costa Rica emitió un decreto para motivar a las instituciones del Estado a adquirir vehículos de tecnología cero emisiones, en la medida de sus posibilidades.
Entonces, todos los planes de adquisición de vehículos deberían atender la Ley para Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico, por lo que las instituciones tendrían un plazo de tres meses para presentar sus proyecciones de sustitución de flota vehicular.
El Ministerio de Ambiente y Energía fue asignado como el encargado de proporcionar el apoyo y la orientación relacionada con las tecnologías para la renovación de la flota vehicular.
Además, cada institución tuvo la responsabilidad de crear un Plan Institucional de Movilidad Sostenible, que incluyera acciones para promover la movilidad entre sus funcionarios.
El presidente Carlos Alvarado había anunciado durante su campaña electoral que introduciría al menos 35 mil vehículos eléctricos al país entre 2018 y 2022.
El 27 de febrero de 2019, el Gobierno de la República dio a conocer el diseño de las nuevas placas para los vehículos eléctricos y la oficialización del Plan Nacional de Transporte Eléctrico.
Imagen 14. Diseño de las placas de los autos eléctricos
El anuncio se hizo en una actividad en el Registro Nacional, donde se firmaron decretos sobre “Oficialización del Plan Nacional de Transporte Eléctrico (Nº41579-Minae-MOPT) y “Reglamento de Distintivos para Vehículos Eléctricos” (Nº41580-MOPT-MJ-Minae).
Se realizó la firma del decreto que oficializa el Reglamento de Distintivos para Vehículos Eléctricos, mediante el cual se establece la emisión de la insignia para identificar los vehículos cero emisiones.
Los automotores que lo porten no estarán sujetos a la restricción vehicular de circulación y podrán hacer uso de los espacios especiales en parqueos públicos o privados, así como gozar de exenciones en parquímetros que definan las municipalidades, de conformidad con la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico, Ley N° 9518.
Plan Nacional de Transporte Eléctrico
También se firmó el decreto que oficializa el Plan Nacional de Transporte Eléctrico, el cual se refiere a acciones para promover el uso de la tecnología cero emisiones y descarbonizar el sector transporte. El Plan establece elaborar las regulaciones para el ensamblaje y producción de tecnología de movilidad eléctrica, así como asegurar la infraestructura necesaria de centro de recarga.
En agosto del año 2019, el Ministerio de Hacienda presentó una lista de 50 leyes que tendrían exoneración en el pago del Impuesto del Valor Agregado. Entre estas leyes se encontraba la Ley de incentivos y promoción del transporte eléctrico.
Si desea encontrar la información completa de la Ley de incentivos, además de los reglamentos y decretos asociados al tema, puede accesar a la página web de ASOMOVE dando clic aquí.
El objetivo de la Ley
La “Ley incentivos promoción para el transporte eléctrico” tiene por objeto crear el marco normativo para regular la promoción del transporte eléctrico en el país y fortalecer las políticas públicas para incentivar su uso dentro del sector público y en la ciudadanía en general.
Esta ley regula la organización administrativa pública vinculada al transporte eléctrico, las competencias institucionales y su estímulo, por medio de exoneraciones, incentivos y políticas públicas, en cumplimiento de los compromisos adquiridos en los convenios ratificados por el país y con el artículo 50 de la Constitución Política.
Entiéndase que la Ley incentiva los vehículos eléctricos: todo bien mueble impulsado con energía cien por ciento eléctrica o con tecnología de cero emisiones y que no contenga motor de combustión, nuevo, en su versión de automóviles, motocicletas, bicicletas, microbuses, buses, trenes y cualquier otro definido en el reglamento de esta Ley.
Exoneraciones presentes en la Ley
Para entender las exoneraciones que presenta esta Ley, es importante primero aclarar qué es el valor CIF de un producto.
El valor CIF es el valor real de las mercancías durante el despacho aduanero, el cual abarca tres conceptos: costo de las mercancías en el país de origen, costo del seguro y costo del flete hasta el puerto de destino. Como su nombre lo indica, este valor está relacionado con el uso del Incoterm CIF (Cost, Insurance and Freight en inglés).
El artículo 9 de la Ley de incentivos y promoción para el transporte eléctrico estipula que los autos eléctricos nuevos se beneficiarán de la exoneración del impuesto general sobre las ventas, el impuesto selectivo de consumo y el impuesto sobre el valor aduanero, según lo indicado en la siguiente tabla:
Imagen 15. Exoneraciones para los autos eléctricos según la Ley 9518
Entonces, para entender la ventaja de estas exoneraciones es importante analizar los siguientes casos:
-Todo automóvil de combustión paga un 52% de impuestos por su entrada al país.
-Los vehículos eléctricos nuevos cuyo valor CIF es menor o igual a $30 000, se exoneran de todos los impuestos de importación gracias a la Ley 9518. El costo final de cada vehículo es presentado por las agencias al momento de la venta del mismo. El porcentaje de las exoneraciones irá cambiando a medida que aumenta el valor CIF del vehículo.
El pago del marchamo
Otra de las grandes ventajas de comprar un auto eléctrico nuevo en Costa Rica, es que pagará menos marchamo durante cinco años.
En la actualidad, la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico exonera del pago del impuesto a la propiedad a este tipo de autos, dicho tributo representa el 65% de lo que se paga en el marchamo.
Eso sí, conforme pasen los años irá disminuyendo el monto que se le restará al pago.
La exoneración se aplicará de la siguiente forma: 100% el primer año, 80% el segundo, 60% el tercero, 40% el cuarto y 20% el quinto año.
Es importante resaltar que el dueño del auto eléctrico sí debe pagar el seguro obligatorio y las multas, si las tuviera.
De esta manera, un Hyundai Ioniq 2018 no pagará nada de marchamo el primer año porque el costo lo cubre la agencia, el segundo año pagará ¢154.640, el tercero ¢252.109, el cuarto ¢331.178 y el quinto 394.879, según datos de la Asociación Costarricense de Movilidad Eléctrica (Asomove).
Imagen 16. Ejemplo de exoneración del pago del impuesto a la propiedad en un auto eléctrico Hyundai Ioniq 2018
¿Cómo se tramita?
El trámite de exoneración no es automático, se debe hacer todos los años en el Ministerio de Hacienda, específicamente en la Dirección General de Tributación, a través de la plataforma Exonet, en el apartado de “Solicitud de exención de impuestos locales, impuesto de propiedad”.
Para apoyar a los usuarios, la ASOMOVE elaboró un paso a paso de la exoneración, el cual usted puede conocer haciendo clic aquí.
Las autoridades del gobierno ya están trabajando con Hacienda para que la persona no tenga que realizar ningún trámite especial.
Esta exoneración rige para todos los vehículos eléctricos, incluidas las motos, los buses y las micros. Y también para todo carro impulsado con tecnología cero emisiones.
Para los vehículos eléctricos usados no aplica la exoneración del impuesto a la propiedad.
Autos eléctricos continuarían exonerados de impuestos hasta 2034 (Tomado del Periódico La Nación)
Un proyecto de ley extendería hasta el 2034 las exoneraciones de impuestos para promover la compra de vehículos eléctricos nuevos en Costa Rica. El plan recibió suficiente apoyo político para avanzar hacia el plenario de la Asamblea Legislativa.
La idea es darle continuidad a los beneficios implementados en el 2019 con la Ley de Incentivos y Promoción para el Transporte Eléctrico, los cuales se extinguirán en el 2023. A la fecha, circulan en el país 4.200 automotores eléctricos, entre carros, motos, buses y montacargas, cifra que está muy lejos de la meta de 37.000 unidades planteada para cuando expire la legislación actual.
La propuesta impulsada por los diputados Roberto Thompson y Paola Valladares, de Liberación Nacional (PLN) (Período 2018-2022), no solo alargaría los incentivos actuales por diez años más, del 2024 al 2034, sino que cambiaría las exoneraciones de los impuestos IVA, propiedad de vehículos, selectivo de consumo y valor aduanero.
Asimismo, el proyecto elimina el tope que hoy impide otorgar incentivos fiscales a la importación de vehículos particulares valorados en más de $60.000, como los buses o busetas para turismo, así como camiones para transporte de carga. Los propietarios de esos bienes actualmente solo reciben un descuento en el pago del derecho de circulación.
El proyecto de Ley de Incentivos al Transporte Verde fue dictaminado en la Comisión Especial de Infraestructura de la Asamblea Legislativa.
La diputada Valladares argumentó que el plan es necesario porque los resultados de los incentivos actuales no son alentadores, de cara al objetivo de masificar los vehículos eléctricos para reducir el consumo de petróleo, “como medida complementaria a ese transporte integrado que debería tener como país”.
El parque automotor es la principal fuente de emisiones contaminantes de Costa Rica, por lo que su transformación es el principal reto ambiental.
El sistema de transportes del país es el más contaminante de Centroamérica y República Dominicana, según el más reciente informe Estado de la Región. Los vehículos son los responsables de quemar el 84% de los hidrocarburos, lo que hace casi imposible reducir las emisiones contaminantes mientras persista el modelo actual.